En un limbo ha quedado el derecho electoral de la comunidad LGBT en Coahuila luego de los cambios que se hicieron a la ley en la materia, y así lo demuestra el proceso que inició una de las organizaciones más representativas del estado.
La organización civil SanAelredo presentó un recurso que le fue aprobado por parte del Tribunal Electoral de Coahuila en el que solicita que aun cuando la ley ya no le da facultades el Instituto Electoral del estado pueda emitir lineamientos para los grupos vulnerables antes de la elección de diputaciones locales en Coahuila.
A este respecto la situación de la comunidad está en el limbo dado que el tribunal emitió una resolución ambigua pues se sabe que la ley actualmente impide al IEC emitir estos lineamientos por encima de lo estipulado ya por el Código Electoral local; mientras que por su parte, el presidente del instituto, Oscar Daniel Rodríguez Fuentes, dijo que se asumirá lo acordado por el tribunal, pero insistió en que la ley les impide en este sentido.
¿Qué dice la ley?
Es importante recordar, que en agosto del año 2025, los diputados coahuilenses pertenecientes a la actual LXIII legislatura, adicionaron el Artículo 16 BIS al Código Electoral del Estado, en el que, entre otras cosas, establece que “los lineamientos, acuerdos o criterios que en su caso emita el Instituto”, es decir el IEC, para grupos vulnerables, “deberán apegarse a lo previsto en la presente disposición. No podrán solicitar requisitos adicionales que distorsionen las postulaciones referidas en los párrafos anteriores”.
Con ello, los diputados impidieron, entre otras cosas, la posibilidad de que el Instituto Electoral, estableciera la obligatoriedad de postulaciones para un grupo en particular, cosas que sí fue aplicable en Coahuila en beneficio de las mujeres años atrás, cuando el IEC emitió criterios de paridad que posteriormente se legislaron, y que obligaron a los partidos a postular en una formula a mujeres como titulares y suplentes en el caso de las diputaciones locales, entre otros criterios.
Cabe resaltar que el Código Electoral actual no establece diferencias entre los grupos, sobre aquellos que nunca han tenido representación en el Congreso local como es el caso de la Comunidad LGBT, respecto de otros que ya han ocupado curules como los adultos mayores y los jóvenes.
Lo anterior, ya que a la letra dice:
“Los partidos políticos deberán postular preferentemente candidaturas que pertenezcan a los grupos de personas de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas; personas con discapacidad, personas que se auto adscriban como LGBTTTIQ+, personas adultas mayores y personas jóvenes. Las personas que integren la fórmula deberán de pertenecer al mismo grupo”.
Como se observa, no se establece una obligatoriedad entre un grupo y otro, y se deja a la “preferencia” del instituto político, la decisión de a quién postular, pese a que al inicio del artículo, se señala que “por lo que respecta a las personas en condición de vulnerabilidad previstas en el artículo 81 de la Carta de Derechos Políticos del Estado de Coahuila de Zaragoza, los partidos políticos deberán garantizar su participación con la postulación de una fórmula en al menos un distrito de mayoría relativa y una fórmula dentro de los tres primeros lugares en cualquiera de las listas de representación proporcional”.
Pese a que uno de los cuestionamientos más severos de la comunidad LGBT en la última elección para alcaldías en 2024, fue el hecho de que pese a que entonces sí se emitieron lineamientos éstos no fueron acatados por los partidos políticos en gran parte del estado, y cuando sí se presentaron planillas de regidores que se auto adscribían como parte de la comunidad, en muchas ocasiones se acusó de simulaciones, las recientes modificaciones a la legislación, lejos de corregirlo, limitaron al IEC a intervenir sólo en caso de “presunción de fraude”, y sin “actos de molestia”, al presunto defraudador.
“Cuando se tenga la presunción de fraude a la auto adscripción, al Instituto le corresponderá investigar y resolver lo conducente a partir de los elementos con que cuente, sin imponer cargas a las y los sujetos interesados, ni generar actos de molestia que impliquen la discriminación de la persona candidata. Por su parte, los fraudes a esta disposición provocarán la inelegibilidad de la candidatura correspondiente”, dice el Código actualmente.
Presentan solicitud consultiva
Ante lo anterior, la organización civil San AElredo, presentó ante el Tribunal Electoral de Coahuila de Zaragoza una Solicitud Consultiva, con el objetivo de que se aclararan los alcances y limitantes legales de la nueva normativa, además de explicar las garantías para grupos históricamente vulnerados en sus derechos políticos como es el caso de la comunidad LGBT.
“Presentamos una consulta al Tribunal Electoral en el estado de Coahuila para saber si había facultades o se estaban violando normas en cuanto al árbitro electoral. Sabemos que la ley electoral dice que el instituto está impedido para hacer lineamientos o para ejercer alguna otra cuestión como crear informes sobre ciertas temáticas, entre ellas incluida la población LGBTI”, explicó Noé Leonardo Ruiz Malacara, presidente del organismo.
Como se recordará, en 2024, cuando el IEC no estaba impedido para hacerlo, emitió lineamientos y acciones afirmativas, que obligaban a los partidos a postular a miembros de la comunidad LGBT en al menos 18 municipios para candidaturas a regidurías, 8 de mayoría relativa y 10 de representación proporcional, ello en acato a una resolución del Tribunal Federal Electoral, sin embargo, la resolución actual del tribunal local, destaca que en ese entonces, el Código Electoral de Coahuila no limitaba expresamente esta emisión por parte del Instituto Electoral, como se fijó en la reforma de agosto del 2025.
“Lo que nosotros le decíamos al tribunal es que el Instituto Electoral para eso está. Primero, para ser el árbitro electoral entre la ciudadanía y los partidos políticos. Y la segunda es que como ciudadanía, también necesitamos que el Instituto haga lo propio, es decir, cuando se crearon las acciones afirmativas, pues el Congreso del estado no lo pudo hacer por cuestiones de tiempo, pero el Instituto Electoral tenía que entrarle como el árbitro electoral. Entonces, en este mismo tenor, era lo que queríamos que pasara en este proceso electoral”.
Cabe mencionar, que existe un juicio de amparo en los tribunales a nivel federal, en contra de las modificaciones a la ley, para que los partidos políticos puedan postular a las personas de la diversidad a las diputaciones locales, mismo que aún no ha sido resuelto, de ahí que el organismo civil, buscara incidir para que en tanto, a nivel local se asumiera la obligación del Instituto Electoral, de ser garante de los derechos políticos de los ciudadanos.
"Si ya el instituto tiene la experiencia de haber hecho estos para las regidurías en el 2024, no nos costaría nada que (ahora) lo pudiera hacer. En esta parte el tribunal dice: Sí, el instituto tiene toda la facultad para poder hacerlo y realizarlo, pero también tiene que ser sujeto a las normas y a las leyes vigentes. Entonces, ahí se contradice”.
Ruiz Malacara destacó que de las poblaciones consideradas como vulnerables y enlistadas en la Carta de Derechos del estado, únicamente los adultos mayores y los jóvenes, han asumido un cargo como legisladores, de ahí que se busque garantizar el acceso a las demás poblaciones, entre ellas la representada por San AElredo.
“Que la población LGBTI tenga un espacio de representatividad, en mayoría relativa y en representación proporcional. Esto por la experiencia que se tiene. Dice ahí que los grupos prioritarios somos personas de pueblos originarios, de la diversidad y con alguna discapacidad; en el número cuatro ponen adultos mayores y jóvenes. Pero de estas, las tres primeras no hemos tenido una representación real”, expuso.
¿Qué dice el IEC?
El consejero presidente del Instituto Electoral de Coahuila, Óscar Daniel Rodríguez Fuentes, señaló que el tema tendrá que ser discutido “en su momento” por el Consejo General de la Institución, pero no comprometió ninguna acción bajo el argumento de que el Tribunal Electoral en Coahuila resuelve que hay posibilidad de dictar medidas afirmativas, pero no una obligatoriedad.
“Lo que dice el tribunal es que no es obligatorio, pero que sí podemos hacerlas. Nos dice que hay posibilidad de hacer medidas afirmativas; no obstante, es un tema que tendrá que discutirse en su momento en Consejo General… no lo hemos tocado aún. Ya será una decisión a futuro que tendrá que verse”.
Apuntó que los grupos afectados por la manera en que se han estado aplicando las acciones afirmativas tienen derecho a manifestarse con los recursos que decidan, ya se la comunidad LGBT “y varias más: las personas con discapacidad, las personas indígenas”.
Señaló que a nivel federal se presentó una propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum, “pero lo deja en términos generales. En la ley secundaria hasta donde yo alcancé a ver no venía, pero sí sé que hay algunos colectivos nacionales que están impulsando esto”.
Continuarán buscando posiciones
Para la Comunidad San AElredo y la población LGBTTIQ+, que ha venido luchando por espacios de representación desde el 2019, el asunto no termina aquí:
“Si se resuelve esto de que el Instituto Electoral haga un lineamiento, pero al momento de presentarlo la ley lo rechace, pues ahí vamos a tener que entrar con un segundo amparo al decir que las leyes no son progresistas y que no están en un sentido del derecho humano. Sabemos que como ciudadanía tienes el derecho de votar y ser votado. Lo que queremos es que la ley político electoral en el estado de Coahuila incluya las poblaciones LGBTI así con todas las letras”, puntualizó Noé Ruiz Malacara.
dahh.