Negocios

Economía publica lista de productos importados que pagarán impuesto de 25%

Entre los los artículos se encuentran prontos químicos, productos para ingeniería, calzado de deporte para niños, productos de acero y musicales.

La Secretaría de Economía publicó un decreto por el que se modificará la tarifa de la ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, la cual implica gravar con un impuesto de 25 por ciento a productos de importación de países con los que México no tiene un tratado de libre comercio.

De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto entrará en vigor el 16 de agosto de 2023 y concluye su vigencia el 31 de julio de 2025.

Los productos:

Estos son los artículos de calzados, accesorios de tuberías y herramientas que entran en el decreto, el cual estarán próximamente aumentando su tarifa de impuesto.

Cloruro de calcio, carbonato de disodio, bicarbonato de sodio, preparaciones para la conservación de muebles de madera, botellas, frascos y artículos similares; loncheras, cajas bolsas y presentaciones similares de papel o cartón; protección de películas fotográficas y esferas.

Otros artículos

Cartas geográficas, topográficas o náuticas; mapas murales; planos y dibujos originales hechos a mano de arquitectura, ingeniería, industriales, comerciales, topográficos o similares; textos manuscritos; reproducciones fotográficas sobre papel sensibilizado y copias con papel carbón de los planos.

Productos terapéuticos pedagógicos:

Reconocibles como diseñados exclusivamente para instituciones de educación especial o similares; tejidos de mezclilla; textiles mezclados exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales; y lados de lana o pelo fino, de algodón y de otras materias.

Calzado:

Calzado de esquí y calzado para la práctica de snowboard; calzado con puntera metálica de protección que cubra el tobillo; calzado de deporte para niños niñas o infantes excepto los que tengan una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobre puesta al corte; sombreros y demás tocados trenzados o fabricados por unión de tiras de cualquier materia incluso guarnecidos.

Accesorios de tubería:

Tubos fundas y accesorios de tubería; asbesto; piezas de acabado opacificadas, vidrio sin armar con capa absorbente, reflejante o antirreflejante; vidrio flotado claro; cristal de plomo; diamantes y monedas sin curso legal excepto las de oro; enrollados simplemente laminados en caliente con motivos de relieve; láminas indicadas por las dos caras; revestidos de aleaciones de aluminio y zinc.

Herramientas:

Tubos laminados en caliente sin recubrimiento, tubos semiterminados, tubos de conducción, tubos térmicos, galvanizados, tuercas, Útiles de taladrar, extractores de tornillos; colgadores, perchas, soportes y artículos similares; condensadores para máquinas de vapor; parabrisas, vidrios vidrios traseros y demás ventanillas; guitarras, armónicas, cajas de música, cajas de bambú, muebles de metal para oficina, mesas, atriles, plumeros.

PMA

Google news logo
Síguenos en
Redacción
  • Redacción
  • digital@milenio.com
  • La redacción de Milenio está compuesta por un equipo de periodistas y colaboradores con amplia experiencia en el campo del periodismo y la comunicación.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.